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Comisión Nacional de Acuicultura | Actualización de antecedentes y manifestación de interés

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) desarrolla un proceso de actualización de los antecedentes relativos a la integración de la Comisión Nacional de Acuicultura, creada por la Ley N.º 20.597 y regulada en la Ley General de Pesca y Acuicultura.

El objetivo del proceso es actualizar los antecedentes de las organizaciones actualmente representadas, regularizar la designación de sus representantes cuando corresponda y permitir que otras organizaciones legalmente constituidas manifiesten su interés en integrar la Comisión.

Los antecedentes serán evaluados conforme a criterios comunes, objetivos y verificables, y servirán de base para un informe técnico sobre una eventual actualización de su integración.

El proceso está dirigido a organizaciones legalmente constituidas comprendidas en las categorías establecidas en el artículo 90B de la Ley General de Pesca y Acuicultura:

  • Asociaciones de acuicultores
  • Asociaciones de prestadores de servicios de la acuicultura
  • Organizaciones de trabajadores de centros de cultivo

El proceso consideratanto las organizaciones actualmente representadas en la Comisión, como aquellas que no forman parte de ella y desean manifestar su interés en integrarla.

Todas las organizaciones interesadas deben presentar antecedentes generales que permitan verificar su existencia, vigencia, representación legal, número de integrantes y ámbito de actividad.

Antecedentes generales

a) Nombre o razón social completa y sigla, si corresponde.
b) Rol Único Tributario.

c) Número de registro de la asociación gremial, cooperativa, sindicato, federación, confederación u otra forma de organización que corresponda.

d) Certificado vigente de existencia o vigencia de la organización, emitido por la autoridad competente.

e) Certificado de directorio vigente.

f) Copia actualizada de sus estatutos y de las modificaciones que se encuentren vigentes.

g) Nombre, cédula de identidad, cargo y antecedentes de personería de su representante legal.

h) Domicilio, correo electrónico y teléfono institucional.

i) Número total de socios o afiliados vigentes, indicando la fecha de corte de la información.

j) Ámbito territorial, productivo o profesional en que desarrolla sus actividades.

k) Categoría en la cual solicita ser considerada para efectos del artículo 90 B de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

- Asociación de acuicultores.

- Asociación de prestadores de servicios de la acuicultura.

- Organización de trabajadores de centros de cultivo

Antecedentes específicos de las asociaciones de acuicultores

Las asociaciones que soliciten ser consideradas en calidad de asociaciones de acuicultores deberán acompañar una nómina completa y actualizada de los socios que representan.

a) Nombre o razón social.

b) Rol Único Tributario.

c) Calidad de socio directo o, tratándose de federaciones u organizaciones de segundo grado, identificación de la organización de base a través de la cual participa.

d) Fecha de ingreso y vigencia de su afiliación.

e) Indicación si la asociación y sus socios son titular o tienen el derecho a ejercer la actividad de uno o más centros de cultivo inscritos en el Registro Nacional de Acuicultura.

f) Número de centros de cultivo de los cuales es titular , o tienen el derecho a ejercer la activividad, la asociación y sus socios

g) Código o número de identificación de cada centro de cultivo.

h) Región o regiones en que se encuentran ubicados los centros de cultivo.

i) Especie o grupo de especies cultivadas por código de centro de cultivo.

La información deberá identificar a la persona natural o jurídica que tenga legalmente la calidad de titular del centro de cultivo.

En el caso de federaciones, confederaciones u organizaciones que agrupen a otras asociaciones, deberá explicarse la cadena de afiliación que permite sostener la representación de los titulares informados, evitando duplicar socios o centros de cultivo.

La nómina deberá ser certificada por el representante legal de la organización. La Subsecretaría podrá contrastar la información con los registros administrativos disponibles y solicitar las aclaraciones o antecedentes complementarios que resulten necesarios.

Antecedentes específicos de las asociaciones de prestadores de servicios

Las asociaciones de prestadores de servicios deberán acompañar una nómina actualizada de sus socios, indicando respecto de cada uno:

a) Nombre o razón social

b) Rol Único Tributario.

c) Fecha de ingreso y vigencia de su afiliación.

d) Tipo de servicio que presta a la actividad de acuicultura.

e) Región o regiones en que desarrolla sus actividades.

f) Breve descripción de la vinculación efectiva del servicio con la actividad de acuicultura.

La asociación deberá informar, además, el número total de socios vigentes y las distintas categorías de servicios representadas.

Antecedentes específicos de las organizaciones de trabajadores

Las organizaciones que soliciten ser consideradas para la representación de los trabajadores de centros de cultivo deberán informar:

a) Número de trabajadores afiliados vigentes.

b) Empresas o actividades productivas en que se desempeñan.

c) Región o regiones en que trabajan sus afiliados.

d) Tipo de centros de cultivo o actividades de acuicultura con los cuales se encuentran vinculados.

e) Certificado de directorio vigente y copia actualizada de sus estatutos.

Organizaciones actualmente representadas

Deben indicar expresamente si mantienen su interés en integrar la Comisión y optar por ratificar a la persona actualmente designada o solicitar su reemplazo, identificando a la nueva persona propuesta.

Organizaciones que no están actualmente representadas

Deben manifestar expresamente su interés, señalar la categoría prevista en el artículo 90 B en la que solicitan ser consideradas e identificar a la persona propuesta como representante.

Documentos adicionales para nuevos representantes o reemplazos

  • Carta fundada de designación suscrita por el representante legal, con acreditación de su personería e identificación de la persona propuesta.
  • Copia legible de ambos lados de la cédula de identidad de la persona propuesta.
  • Correo electrónico, teléfono y domicilio para comunicaciones y citaciones.
  • Declaración jurada suscrita ante notario, conforme al formato adjunto a la carta circular, sobre las condiciones, aceptación y compromiso de participación.

La ratificación no reemplaza el acto administrativo vigente y la designación de una nueva persona solo se perfeccionará mediante el decreto correspondiente.

Plazo

El plazo para remitir antecedentes es de 15 días hábiles, contados desde la fecha de publicación de la carta circular en el sitio web de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

La fecha de inicio y la de vencimiento son comunes para todas las organizaciones interesadas.

Fecha de inicio: 13 de octubre de 2026 a las 12:00 horas

Fecha de cierre: 2 de noviembre de 2026 a las 12:00 horas

Vías de presentación

Los antecedentes deben remitirse a través de la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura o de su plataforma de Oficina de Partes Virtual, con copia a: cna@subpesca.cl

En el asunto de la presentación debe indicarse exactamente:
"Actualización de antecedentes Comisión Nacional de Acuicultura 2026"

Las nóminas de socios, titulares de centros de cultivo y prestadores de servicios deben presentarse en una planilla editable y, adicionalmente, en una copia firmada por el representante legal de la organización.

  • Carta circular sobre actualización de antecedentes de la Comisión Nacional de Acuicultura

  • Anexo 1: Nómina de socios y titulares representados por asociaciones de acuicultores

  • Anexo 2: Nómina de socios de asociaciones de prestadores de servicios

  • Anexo 3: Antecedentes de organizaciones de trabajadores de centros de cultivo

  • Anexo 4: Declaración jurada de condiciones, aceptación y compromiso de participación

Información importante:

La presentación de antecedentes o la manifestación de interés no confiere por sí sola el derecho a integrar la Comisión Nacional de Acuicultura. La información recibida será evaluada conforme a la normativa vigente y a criterios objetivos de representatividad.

En el caso que la Subsecretaría requiera complementar los antecedentes enviados por las organizaciones, estos serán solicitados previo a resolver la selección.

Una vez recepcionados los antecedentes de las organizaciones legalmente constituidas que manifestaron su interés en integrar la Comisión, la selección se realizará en conformidad a quienes cuenten con una mayor representatividad, de acuerdo a la categoría en la cual solicita ser considerado.